Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Información Pública. (2024060855)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección de la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia e información pública en relación con la elaboración del Plan General de la Cooperación Extremeña 2024-2028.
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NÚMERO 46
Miércoles 6 de marzo de 2024

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ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
RESOLUCIÓN de 29 de febrero de 2024, de la Dirección de la Agencia
Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se
acuerda la apertura del trámite de audiencia e información pública en relación
con la elaboración del Plan General de la Cooperación Extremeña 2024-2028.
(2024060855)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 de la Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura en relación con del artículo 66.3 de la
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y una vez elaborado el proyecto del
Plan General de la Cooperación Extremeña 2024-2028, esta Dirección
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura de un período de audiencia e información pública, por un plazo
de 7 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en
el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de Plan General indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime
oportunas por cualquiera de los medios que, a tal efecto, determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: aexcid@juntaex.
La reducción de los plazos establecidos para la sustanciación del presente trámite está justificada por la necesidad de realizar con la máxima celeridad las convocatorias de ayudas de
cooperación internacional para el desarrollo, en su diferentes líneas, con objeto de que las
mismas inicien su tramitación lo antes posible para que se cumplan los plazos procedimentales y de resolución que se marcan en el Decreto 5/2019, de 5 de febrero, por el que se
establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para
el desarrollo.
Asimismo, el sometimiento al trámite abreviado viene también justificado al haber participado
en su elaboración a través de un proceso de reflexión participativa, con la realización de diversos talleres y seminarios, tal como se recoge en la introducción del proyecto del Plan General
de la Cooperación Extremeña, las asociaciones y organizaciones cuyos fines guardan relación
directa con el objeto de la disposición.