Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060829)
Resolución de 24 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por José Venegas Méndez, en el término municipal de Barcarrota (Badajoz).
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Miércoles 6 de marzo de 2024

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RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
la explotación porcina, promovida por José Venegas Méndez, en el término
municipal de Barcarrota (Badajoz). (2024060829)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 11 de septiembre de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación porcina ubicada en el término municipal de Barcarrota (Badajoz) y promovida por
José Venegas Méndez con domicilio social en c/ Puerta del Sol, n.º 12, CP 28905 de Getafe
(Madrid).
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen de explotación intensivo con capacidad para 360 cerdos de cebo. Esta actividad está
incluida en el ámbito de aplicación del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba
el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en el polígono 14, parcela 31 del término municipal de Barcarrota
(Badajoz). La superficie total de la finca es de unas 33,32 hectáreas. Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 3 de octubre de 2018, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 2
de abril de 2019 y 6 de mayo de 2020, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de
Barcarrota, a fin de que por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las
personas interesadas, en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía
de un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un Informe Técnico que
se pronuncie sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia
municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
A fecha actual no se han recibido alegaciones al procedimiento.