Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060836)
Resolución de 24 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Legalización de casa rural", cuyo promotor es Alejandro Solla Hach, en el término municipal de Cabezabellosa (Cáceres). Expte.: IA23/0259.
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NÚMERO 46
Miércoles 6 de marzo de 2024




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— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
S
 egún la Confederación Hidrográfica del Tajo, las parcelas donde se desarrollan las
actividades se encuentran dentro del área de captación de la zona sensible “Embalse
de Valdeobispo – ES030ZSENESCM556”.



E
 l abastecimiento se realiza mediante pozo de sondeo existente.



C
 on respecto al saneamiento de las aguas residuales, en la documentación aportada
se indica que estará formado por una fosa séptica dotada de filtro biológico por lo que
se considera que existirá vertido al dominio público hidráulico.



S
 e adoptarán las medidas preventivas oportunas para asegurar una mínima afección,
evitando perjudicar a la calidad de las aguas.

— 
Suelos.


D
 ado que las edificaciones ya se encuentran ejecutadas, los impactos producidos sobre el suelo se producirán en la fase de construcción para la ejecución de zanjas para
alojar los elementos necesarios para red de saneamiento y la instalación de la fosa
séptica. En cuanto a los efectos que se generarán durante la fase de funcionamiento,
serán los producidos por la ocupación del mismo por el alojamiento de turismo rural,
así como posibles derrames accidentales. Aplicando las correspondientes medidas,
estas afecciones no deberían ser significativas.

— 
Fauna.


L
 os efectos sobre la fauna pueden venir derivados de las molestias por la contaminación acústica, principalmente durante la fase de obras y la contaminación lumínica. El
informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas menciona
la existencia de áreas de campeo y alimentación de especies protegidas asociadas a
ecosistemas forestales y sotos fluviales, fundamentalmente a los robledales y gargantas presentes en el entorno. Por otra parte, el Agente del Medio Natural ha indicado que no se afecta a ninguna especie de fauna amenazada ni a la Red Natura 2000.




— Vegetación.
N
 o se da afección a la vegetación, pues no existe necesidad de corta de ningún
ejemplar de flora, pues las edificaciones ya se encuentran ejecutadas. En cuanto a
la ejecución de las zanjas para la instalación de la red de saneamiento, en el trazado
se ha tenido en cuenta la situación actual del suelo y la vegetación, de manera que
los trazados discurran por zonas desprovistas de vegetación actualmente por lo que