Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060838)
Resolución de 17 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de gestión de residuos no peligrosos, cuya promotora es El Pilar Suministros de Construcción, SL, en el término municipal de Villanueva de la Serena (Badajoz).
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Miércoles 6 de marzo de 2024

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emisiones (trámite que se incluirá en la autorización ambiental unificada del complejo industrial).


— El incremento de la contaminación de la atmósfera derivado del funcionamiento de la
instalación no supondrá que se sobrepasen los objetivos de calidad del aire establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad
del aire.



— Para evitar elevados niveles de emisión de partículas, se procederá al riego sistemático de las superficies donde se lleve a cabo el manejo de la materia prima o del
producto terminado mediante maquinaria.



— Los camiones que transcurran por el camino de acceso a la parcela de ubicación del
proyecto dispondrán de limitación de velocidad con placas indicativas no superando
los 30 km/h.



— Se instalarán lonas en los camiones ya que transportarán material generador de polvo, de forma que se garantice su circulación sin que se produzcan emisiones difusas
o pérdida alguna de material.



— Para evitar el polvo que genera el tránsito se asfaltaran los viales de circulación del
interior de la planta.



— El almacenamiento de residuos y el tratamiento de los mismos se llevará a cabo sobre superficie hormigonada y con recogidas de vertidos, que irán encauzadas hacia
un separador de grasas.



— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Se controlarán las emisiones de gases y contaminantes de
los vehículos y maquinaria utilizados y se aminorarán los ruidos generados por los
mismos, mediante su correspondiente revisión y la continua puesta a punto.



— Se deberá evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. En caso de
iluminación exterior se usará preferentemente iluminación en puntos bajos, dirigidos
hacia el suelo (apantallado), utilizando luminarias con longitud de onda dentro del
rango de la luz cálida. Se ajustarán los niveles de iluminación a las necesidades reales de luz.



— Se deberán cumplir las prescripciones de calidad acústica establecidas en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17