Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sanidad Vegetal. (2024060828)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se declara la existencia del picudo rojo de las palmeras, Rhynchophorus ferrugineus (Olivier), en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 45

13578

Martes 5 de marzo de 2024

ANEXO III
PROCEDIMIENTO RECOMENDADO DE LABORES DE PODA EN ZONAS AFECTADAS
Las labores de poda de plantas sensibles en zonas demarcadas se ejecutarán observando las
siguientes condiciones:
1. L
 os cortes deberán ser siempre limpios y no deberán provocar desgarros.
2. T
 ras la poda o cepillado de estípites, se aplicará un tratamiento insecticida a la palmera.
3. Tras el corte de hojas verdes se tratará la cicatriz con aceite mineral y, posteriormente,
aplicando un mástic de poda.
4. Los restos de poda deberán ser tratados y transportarse tapados con material plástico o
similar hasta el vertedero autorizado.

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