Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060773)
Resolución de 25 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de "Tendido de cable de fibra Foadk 80 en L/3078-23-Trujillo de la ST "Cáceres"", a realizar en los términos municipales de Cáceres, La Cumbre y Trujillo (Cáceres), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA22/0147.
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NÚMERO 44

13363

Lunes 4 de marzo de 2024

Término municipal

Polígono

Parcela

La Cumbre

7

9001

La Cumbre

8

1

La Cumbre

8

9002

La Cumbre

8

9001

La Cumbre

8

2

Cuarto. Con fecha 25 de octubre de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase
de solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en
relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con ello, se han solicitado los siguientes informes a las Administraciones Públicas
afectadas, que se relacionan en la tabla adjunta, señalando con una “X” aquellas que han
emitido respuesta:
Relación de organismos y entidades consultados

Respuestas recibidas

Ayuntamiento de Cáceres.

-

Ayuntamiento de Trujillo.

-

Ayuntamiento de La Cumbre.

-

Quinto. Una vez analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, se
realiza el correspondiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento de la modificación del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto
en la subsección 1.ª, sección 2.ª, capítulo VII del título I de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Como se ha indicado con anterioridad, la modificación consiste en incluir la relación nominal
completa de todos los bienes afectados, comprendidos bajo la servidumbre del nuevo tendido
de cable de fibra proyectado, incluidos los accesos y apoyos.
Analizado el impacto de la modificación sobre los valores ambientales afectados, se desprende que no se van a producir afecciones nuevas a las ya evaluadas en el proyecto original.
A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes