Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024060761)
Resolución de 21 de febrero de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de la línea aérea de alta tensión Jaraíz de la ST Plasencia, de 45 kV, entre el apoyo 5088 de la misma y la STR Jaraíz". Términos municipales: Gargüera, Tejeda de Tiétar, Pasarón de la Vera, Torremenga y Jaraíz de la Vera (Cáceres). Expte.: AT-9181.
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Viernes 1 de marzo de 2024

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— Tramo subterráneo: HEPRZ1(AS) 26/45 kV 1x300 K Al+H75 de sección 3x(1x300) mm2.
Apoyos:
— Tipo: Metálicos.
— N.º total de apoyos a instalar (LAMT): 103.
— Tipo de crucetas: Cabeza prismática y fuste troncopiramidal.
— Aislamiento: Cadenas de aisladores de composite.
Emplazamiento: Parcelas públicas y privadas de los términos municipales de Gargüera,
Tejeda de Tiétar, Pasarón de la Vera, Torremenga y Jaraíz de la Vera.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
— La Empresa queda obligada a cumplir las condiciones establecidas por el órgano ambiental en la declaración de impacto ambiental citada en el apartado tercero de los antecedentes de hecho.
En la aludida declaración de impacto ambiental, aprobada por Resolución de fecha 17 de junio
de 2022 de la Dirección General de Sostenibilidad, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 125, de 30 de junio de 2022, se establecieron las siguientes conclusiones sobre los
efectos significativos del proyecto en el medio ambiente.