Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2024060748)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la concesión definitiva, a "Unidad Editorial de Información Deportiva, SL", de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Casar de Cáceres (Cáceres), con la frecuencia 90.4 Mhz.
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NÚMERO 42
Jueves 29 de febrero de 2024

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ACUERDA
Primero. Adjudicar definitivamente –a “Unidad Editorial de información deportiva SL”– la
concesión administrativa para la explotación, en régimen de gestión indirecta, del servicio
público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter
comercial, en la localidad de Casar de Cáceres –con la frecuencia 90.4 Mhz y demás condiciones (características) técnicas detalladas en la aprobación del proyecto técnico y en la autorización de la puesta en servicio de la citada estación destinada a la prestación de servicios
de radiodifusión, que se detallan en los antecedentes de hecho quinto y sexto del presente
acuerdo–, por un período de diez años.
Segundo. Notificar el presente acuerdo –a la citada sociedad interesada–, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y proceder a la publicación
del mismo en el Diario Oficial de Extremadura, a tenor de lo dispuesto en el apartado 1 del
artículo 15 del Decreto 131/1994, de 14 de noviembre, por el que se regula el régimen de
concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia e inscripción en el Registro de las Empresas concesionarias.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien entablar directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a), 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro
recurso que se estime procedente.