Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2024060645)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Acciona Generación Renovables, SA, para la ampliación de potencia de la instalación fotovoltaica flotante "Sierra Brava 2.0", ubicada en el término municipal de Zorita, e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/18/19.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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de entrada en la Junta de Extremadura de 3 de mayo de 2023, la sociedad Acciona Generación Renovables, SA, presenta nuevo proyecto de la ampliación de la instalación solicitada,
cambiando su objeto a proyecto de investigación siendo este informado favorablemente por
dicho organismo.
Quinto. Con fecha de registro de entrada de 10 de octubre de 2023, la sociedad Acciona
Generación Renovables, SA, completó la documentación necesaria para la obtención de la
autorización administrativa previa de la instalación de referencia.
Sexto. Con fecha de 24 de octubre de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible emite informe de impacto ambiental
favorable sobre el proyecto de investigación de instalación fotovoltaica flotante “Sierra Brava”.
A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía, modificado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad Autónoma de
Extremadura tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, incluida
la eléctrica cuando el aprovechamiento de ésta no afecte a otras Comunidades Autónomas.
En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, así como lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se
establece su estructura orgánica básica, y el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
corresponde a la Dirección General de Industria, Energía y Minas todas las funciones relacionadas con la dirección de las políticas de industria, energía y minas.
Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, la competencia para adoptar la presente resolución corresponde a la Dirección General
de Industria, Energía y Minas.
Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen