Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060650)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 11,91 ha de almendros en el polígono 3, parcelas 91 y 241, promovido por Benito Solís Rollán, en el término municipal de Don Álvaro. Expte.: IA23/0242.
23 páginas totales
Página
NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

12356

— Este informe estará condicionado a la disponibilidad de recursos hídricos, cuyo estudio
corresponde a la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana.
— La balsa deberá tener los taludes con una pendiente igual o inferior al 50 % ó 27º (2
H: 1 V) de inclinación, debiendo ser el material rugoso y antideslizante, para evitar el
ahogamiento de las especies de fauna que pudieran caer accidentalmente o hayan sido
atraídas por el contenido para abrevar o alimentarse. En el caso de que la lámina de
impermeabilización no sea rugosa ni antideslizante, se deberán instalar en los laterales
del talud interior dispositivos de salida para la fauna y personas que pudieran caer en su
interior, como entramado de cuerdas, tramos de cemento escalonado o rampa de suave
pendiente. Para la fauna menor, se deberán instalar tramos con malla cuadriculada plástica termo sellada a la lámina impermeabilizadora, al menos a cada 15-20 m de talud
en bandas de al menos 2 m de anchura. Este tipo de mallas deberá tener cuadrículas
de entre 10 mm y 20 mm y ser de materiales de larga duración y resistencia, como las
utilizadas en voladeros de aves.
— El cerramiento de la balsa se situará en la base del talud de la misma, nunca en coronación, para evitar posibles colisiones de las aves que se sientan atraídas.
— Las construcciones deberán integrarse paisajísticamente mediante el empleo de materiales acordes al entorno, con una tipología de construcción rural tradicional y evitando
el uso de materiales reflectantes, colores vivos o brillantes en cubierta o paramentos
exteriores.
— No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.), realizando su reposición al estado inicial en el caso de afección y guardando la concordancia absoluta con la
consecución del tramo existente utilizando materiales de la zona y dimensiones y características similares. Estos elementos tradicionales del paisaje son de gran importancia
para la biodiversidad, actuando como corredores ecológicos y refugio de fauna, y favorecen la presencia de flora autóctona, integrando los valores culturales y ambientales
propios de cada localidad.
— Con objeto de minimizar la afección al suelo, aguas superficiales y/o subterráneas no se
permitirá el vertido directo o indirecto de aguas y productos susceptibles de provocar
contaminación al medio.
— Al objeto de proteger el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado por el proyecto, se cumplirán todas las medidas recogidas en el informe