Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060650)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 11,91 ha de almendros en el polígono 3, parcelas 91 y 241, promovido por Benito Solís Rollán, en el término municipal de Don Álvaro. Expte.: IA23/0242.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024



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— Comunidad de aves esteparias, entre estas, sisón (Tetrax tetrax) y cernícalo
primilla (Falco naumanii), catalogados “En Peligro de Extinción” y “Sensibles a
la Alteración de su Hábitat” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de
Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo. DOE n.º 30, y su modificación
Decreto 78/2018, de 5 de junio. DOE n.º 112).

En su informe el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas alega que la actividad solicitada se va a realizar en una zona con presencia de sisón y
cernícalo primilla, debido a que está rodeada de una amplia superficie de pastizal y
tierras de labor. Hay que terne en cuenta la superficie lleva transformada desde hace
años. Los datos recogidos por este Servicio datan de animales marcados con sistema
GPS después de la implantación de la actividad. Se trata, pues de una puesta en
riego de una superficie ya transformada. La puesta en riego de superficies transformadas no debe suponer una afección a los valores.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación
de las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto
será de carácter compatible.


3.3.5. Vegetación.

La vegetación natural en la zona de actuación es inexistente, exceptuando los linderos, tratándose de una parcela dedicada al cultivo de históricamente. El proyecto fue
ejecutado en su totalidad en torno el año 2016.
Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una afección directa o
indirecta sobre la vegetación herbácea natural.
Se propondrán medidas de obligado cumplimiento para proteger y fomentar la aparición de vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de la zona de actuación.


3.3.6. Paisaje.

El impacto sobre el paisaje será mínimo teniendo en cuenta que se trata de terrenos
de cultivo de históricamente.


3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.

La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los
trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zan-