Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060652)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 11,35 ha de olivar intensivo en el polígono 11, parcela 273, a ubicar en el término municipal de Bienvenida, promovido por Mercedes Gómez de las Cortinas González. Expte.: IA23/0641.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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vo. En cualquier caso, corresponde al organismo de cuenca competente (Confederación
Hidrográfica del Guadiana) la tramitación y, en su caso, autorización de la concesión
de aguas para la cantidad y uso solicitados, por lo que se estará a lo dispuesto en la
correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas
subterráneas, así como al cumplimiento de todas las medidas recogidas en su informe,
recogido en el presente informe de impacto ambiental.
— Los accesos a la explotación se hacen por terrenos de la vía pecuaria Cañada Real
Leonesa, por lo que se deberá contar con la correspondiente autorización, según lo dispuesto en el Decreto 65/2022, de 8 de junio, que regula las ocupaciones temporales,
las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora, y el tránsito de
ciclomotores y vehículos a motor, de carácter no agrícola, en las vías pecuarias.
— La red de riego no afectará al sistema radical de las encinas existentes.
— No se regarán los olivos situados en un radio de 8 m de las encinas existentes. Entendemos que ello supondrá una pérdida en la cosecha de estos pies, pero asumible por
favorecer el mantenimiento de las encinas y las ventajas ambientales que su presencia
conlleva. Tal como se puede ver en la siguiente imagen.
— No se realizarán movimientos de suelo ni operaciones bajo copa (gradeos profundos,
subsolados, etc.) que pongan en riesgo la supervivencia de este arbolado. Del mismo
modo, los tratamientos selvícolas (podas...) futuros se harán conforme a las normas
técnicas indicadas en el Decreto 134/2019, sin cortes superiores a 18 cm (de diámetro)
y manteniendo una correcta conformación y equilibrio de la copa. En los trabajos asociados al cultivo se extremará la precaución para evitar daños a las encinas.
— Si se ocasionara la pérdida de algún árbol autóctono de los localizados en las siguientes
imágenes se deberá realizar una reposición en la misma ubicación y con la misma especie forestal, asegurando su viabilidad mediante el mantenimiento correcto.