Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060652)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 11,35 ha de olivar intensivo en el polígono 11, parcela 273, a ubicar en el término municipal de Bienvenida, promovido por Mercedes Gómez de las Cortinas González. Expte.: IA23/0641.
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Miércoles 28 de febrero de 2024

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un efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que
estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de
medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación,
tanto el aporte de nutrientes mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios
al cultivo, así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente,
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
Se recomienda la valoración, por parte de la promotora, para el empleo de técnicas y
prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo
concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la
erosión y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal
entre calles, para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir
el riesgo de erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas
anuales que crecen entre las plantaciones supongan un recurso para algunas especies
fitófagas.


3.3.4. Fauna.

No hay datos de la presencia de valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión
de los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad.
En su informe el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas alega
que no dispone de datos de presencia de valores ambientales en el área de actuación ni
en sus inmediaciones. La puesta en riego de un cultivo existente no modifica el medio
para la fauna.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.


3.3.5. Vegetación.

En cuanto a la vegetación natural en la zona de actuación, la toma de datos de los
Agentes del Medio Natural indica que en la zona solicitada se localizan 4 encinas de gran
porte que presentan muy buen estado sanitario. Por lo demás, la vegetación natural es