Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060651)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de conjunto edificatorio turístico, cuya promotora es Comunidad Thubten Dhargye Ling, en el término municipal de Villanueva de la Vera (Cáceres). Expte.: IA23/568.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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El abastecimiento de aguas se realizará mediante conexión a pozo de sondeo (uno existente y otros dos proyectados), debiéndose disponer de un título concesional de aguas
previo al empleo de las mismas, cuya otorgación corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, y en el caso de que se posea un título concesional en vigor y se pretendiese efectuar una variación de lo recogido en el mismo, se indica que dicha variación
requiere de autorización previa por parte del organismo de cuenca, y es también a éste
a quién deberá solicitarse. En lo referente al sistema de saneamiento de aguas residuales, se utilizarán diez fosas sépticas estancas, por lo que no se estaría produciendo un
vertido al dominio público hidráulico de acuerdo con la normativa vigente, y por lo que
no sería necesario, el otorgamiento por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo
de la autorización de vertido que en dicha normativa se establece.
A pesar de ello, se adoptarán las medidas preventivas oportunas para asegurar una
mínima afección, evitando perjudicar a la calidad de las aguas.
— Suelos.
El impacto principal del proyecto sobre este factor en la fase de construcción, será el
ocasionado por la ocupación de las edificaciones, construcciones e instalaciones y de
los movimientos de tierra llevados a cabo. Los impactos producidos sobre el suelo en la
fase de funcionamiento serán la ocupación del mismo por el conjunto edificatorio turístico, así como posibles derrames accidentales. Aplicando las correspondientes medidas,
estas afecciones no deberían ser significativas.
— Fauna.
Los efectos sobre la fauna pueden venir derivados de las molestias por la contaminación
acústica, principalmente durante la fase de obras y la contaminación lumínica. El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, indica que en los censos de
biodiversidad no constatan territorios de reproducción cercanos de especies protegidas,
en el ámbito de actuación. No obstante, con las medidas preventivas y correctoras incluidas en este informe, se considera que la actuación es compatible con dicho factor.
— Vegetación.
La ubicación de las edificaciones podría afectar a algunos pies arbóreos existentes en
la zona, considerando la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, que la
afección forestal de la actuación solicitada sería mínima si no se eliminara ningún pie
arbolado, por lo tanto, siempre que se respete tanto el arbolado forestal como el regenerado presente en la zona, se informa favorable desde el punto de vista forestal con
una serie de condicionantes.