Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060672)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Centro de Desarrollo Rural Campiña Sur" (Campiña Sur), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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Consejo de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de
la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 y
en las disposiciones de aplicación de este.
k) Garantizar el cumplimiento de las obligaciones que los beneficiarios tienen en cuanto
información y publicidad:
Se debe dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación objeto de subvención, teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 3 del artículo 17 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
así como conforme a las consideraciones de información y publicidad previstas en la
normativa europea, Reglamento (UE) 2021/2115, Reglamento (UE) 2021/2116 y sus
normas de desarrollo, así como a lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril,
sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta
de Extremadura y en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/129, de la Comisión de 21
de diciembre de 2021, por el que se establecen requisitos en materia de información,
publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los planes estratégicos
de la PAC.
En todo caso las actuaciones de información y publicidad se adecuarán a la normativa
vigente al efecto.
El GAL Campiña Sur como responsable de la gestión y aplicación de la EDLP, llevará a cabo
las siguientes actuaciones:
a) Ejecutar, en el territorio de aplicación, las actuaciones de la Intervención 7119 LEADER,
informar y asesorar a la población rural de su contenido y alcance e incentivar la participación en el mismo.
b) Generar la capacidad de los y las agentes locales para desarrollar y ejecutar las operaciones, también fomentando sus capacidades de gestión de proyectos.
c) Elaborar un procedimiento y criterios de selección no discriminatorios y transparentes,
de modo que se eviten conflictos de intereses y se garantice que ningún grupo de interés único controle las decisiones de selección.
d) Garantizar la coherencia de la estrategia de desarrollo local participativo al seleccionar
las operaciones, ordenándolas por prioridades según su contribución a la consecución
de los objetivos y las metas de esa estrategia.