Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060673)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para la Promoción y Desarrollo de la Comarca de Trasierra-Tierras de Granadilla" (Cáparra), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
44 páginas totales
Página
NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

12088

2. S
 e recomienda disponer de perfiles con derechos de administración para la instalación
y configuración del sistema y usuarios sin privilegios o derechos de administración para
el acceso a los datos personales. Esta medida evitará que en caso de ataque de ciberseguridad puedan obtenerse privilegios de acceso o modificar el sistema operativo.
3. S
 e garantizará la existencia de contraseñas (o mecanismos equivalentes) para el acceso
a los datos personales almacenados en sistemas electrónicos. La contraseña tendrá los
menos 8 caracteres, mezcla de números y letras, caracteres especiales, etc. y se renovarán periódicamente.
4. C
 uando a los datos personales accedan distintas personas, para cada una de ellas, se
dispondrá de un usuario y contraseña específicos (identificación inequívoca).
5. S
 e debe garantizar la confidencialidad de las contraseñas, evitando que queden expuestas a terceros. En ningún caso se compartirán las contraseñas ni se dejarán anotadas
en lugar común y el acceso de personas distintas del usuario.
C.4) Medidas de seguridad técnicas para salvaguardar los datos.
A continuación, se exponen las medidas técnicas mínimas para garantizar la salvaguarda
de los datos personales:
1. A
 ctualización de ordenadores y dispositivos. Los dispositivos y ordenadores utilizados
para el almacenamiento y el tratamiento de los datos personales deberán mantenerse
actualizados.
2. M
 alware. En los ordenadores y dispositivos donde se realice el tratamiento de los datos
personales se dispondrá de un sistema de antivirus que garantice en la medida de lo
posible el robo y destrucción de la información y tales datos personales. El sistema de
antivirus deberá estar actualizado permanentemente y gestionado de forma central.
3. C
 ortafuegos. Para evitar accesos remotos indebidos a los datos personales se velará por
garantizar la existencia de un cortafuego activado en aquellos sistemas en los que se
realice el almacenamiento y/o tratamiento de los mismos.
4. C
 ifrado de datos. Cuando se precise utilizar datos personales fuera del recinto donde se
realiza su tratamiento, ya sea por medios físicos o por medios electrónicos, se deberá
valorar la posibilidad de utilizar un método de cifrado para garantizar su confidencialidad.