Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060674)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Integral del Valle del Ambroz" (DIVA), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer la relación entre el Grupo de Acción Local
“Asociación para el Desarrollo Integral del Valle del Ambroz” (DIVA), y la Consejería competente en materia de desarrollo rural según la metodología LEADER en aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo y contribuir de este modo, al desarrollo sostenible,
a largo plazo, de los territorios rurales, todo ello mediante el establecimiento de normas de
adjudicación, empleo, control, seguimiento y evaluación de las Ayudas de Apoyo al Desarrollo
Local LEADER, en la Comunidad Autónoma de Extremadura contenida en el Plan Estratégico
de la Política Agraria Común 2023-2027 de España y particularmente las que resulten aplicables en el ámbito de actuación del Grupo de Acción Local “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DEL VALLE DEL AMBROZ”, en virtud de lo dispuesto en el presente Convenio y en la
Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta
de Extremadura por las que se selecciona cada una de las estrategias de los GAL.
Asimismo, en el presente Convenio se establece la asignación de los fondos necesarios para el
desarrollo de las actuaciones contempladas en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo
(EDLP) del GAL DIVA.
Segunda. Dotaciones Financieras.
La contribución financiera de los fondos comunitarios y de las Administraciones nacionales,
constituirá el coste en gasto público total del programa de desarrollo comarcal, estimado inicialmente en 3.049.249,00 euros.
Este coste total explicitado por actuaciones y fuentes de cofinanciación se recoge en los cuadros financieros que como Anexo I se incorporan al presente Convenio.
En todo caso, la aportación anual efectiva dependerá de la disponibilidad presupuestaria que
resulte de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, la contribución financiera de fondos públicos a la EDLP podrá variar en función de
la reasignación que, en su caso, efectúe la Autoridad de Gestión del PEPAC para ajustarla a
la evolución real de la ejecución. La reasignación de la dotación procedente de este ajuste se
realizará bien a aquellos Grupos cuyo nivel de inversión supere el nivel medio de ejecución,
bien a otras Intervenciones del Plan.
Para ello, se establecerá un sistema de seguimiento de todos los GAL consistente en determinar que a una fecha determinada se debe haber comprometido y pagado unas determinadas