Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060678)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo de la Sierra de San Pedro-Los Baldíos" (Sierra de San Pedro-Los Baldíos), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 41
Miércoles 28 de febrero de 2024

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Este coste total explicitado por actuaciones y fuentes de cofinanciación se recoge en los cuadros financieros que como Anexo I se incorporan al presente Convenio.
En todo caso, la aportación anual efectiva dependerá de la disponibilidad presupuestaria que
resulte de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, la contribución financiera de fondos públicos a la EDLP podrá variar en función de
la reasignación que, en su caso, efectúe la Autoridad de Gestión del PEPAC para ajustarla a
la evolución real de la ejecución. La reasignación de la dotación procedente de este ajuste se
realizará bien a aquellos Grupos cuyo nivel de inversión supere el nivel medio de ejecución,
bien a otras Intervenciones del Plan.
Para ello, se establecerá un sistema de seguimiento de todos los GAL consistente en determinar que a una fecha determinada se debe haber comprometido y pagado unas determinadas
cuantías sobre la programación de la actuación de ejecución de las operaciones, incluidas las
actividades de cooperación y su preparación, seleccionadas en el marco de la estrategia. Para
ello se establecerá una asignación inicial sobre esta actuación y sobre esa asignación inicial,
que se irá actualizando progresivamente, se establecerán unos hitos de compromisos y pagos
a lo largo del periodo de programación.
Cualquier modificación de los cuadros financieros del anexo I tendrá que ser incorporada en
el presente Convenio mediante Adenda o cláusula modificatoria.
Tercera. Ámbito geográfico y objetivo de la iniciativa.
La zona de actuación en la que el GAL SIERRA DE SAN PEDRO-LOS BALDÍOS aplicará el programa de desarrollo seleccionado será la señalada en el mismo y que se adjunta como Anexo
II. Cualquier modificación de este ámbito geográfico deberá ser autorizada por la Consejería
con competencias en materia de Desarrollo Rural y tendrá que ser incorporada en el presente
Convenio mediante Adenda o cláusula modificatoria.
El objetivo de la EDLP será contribuir al desarrollo territorial equilibrado de la zona de actuación, a través de la aplicación, en el marco de Feader de las actuaciones señaladas en el Programa Comarcal y que, de forma esquemática, se relacionan en el Plan financiero que como
Anexo I se incorpora al presente Convenio.
Cuarta. Principios de actuación.
Para el cumplimiento de los objetivos y prioridades establecidas en el Plan Estratégico de la
Política Agraria Común 2023-2027 de España y en virtud de la Estrategia de Desarrollo Local