Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060660)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Rural de la Comarca de Olivenza" (ADERCO), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 40
Martes 27 de febrero de 2024



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— Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos
personales.



— Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación
de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará
de manera gradual sin dilación indebida.

j. El Encargado asistirá al Responsable con toda la información de la que disponga, a realizar la comunicación de las violaciones de la seguridad a los interesados, cuando sea
probable que dicha violación suponga un alto riesgo para sus derechos y libertades.
k. El Encargado, a petición del Responsable, comunicará en el menor tiempo posible, con
toda la información de la que disponga, la violación de la seguridad de los datos a los
interesados, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas. La comunicación debe realizarse en un
lenguaje claro y sencillo y deberá incluir los elementos que en cada caso señale el Responsable y, como mínimo:


— La naturaleza de la violación de datos.



— Indicación de contacto del Responsable o del Encargado donde se pueda obtener más
información.



— Posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.



— Medidas adoptadas o propuestas por el Responsable para poner remedio a la violación de la seguridad, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los
posibles efectos negativos.

l. Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el
cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
m. I mplantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar
la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas
y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen en el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por el Encargado.