Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060668)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Integral de la Sierra de Gata" (ADISGATA), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 40
Martes 27 de febrero de 2024

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únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y sin más limitaciones que las
impuestas por el ordenamiento jurídico.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual
y de protección jurídica de los programas de ordenador, el encargado acepta expresamente que los derechos de explotación y la propiedad del código fuente de las aplicaciones
desarrolladas al amparo del presente convenio corresponden únicamente a la Junta de
Extremadura, con exclusividad y a todos los efectos.
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre
los soportes materiales a los que se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento
de las obligaciones derivadas del convenio, corresponden a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de
responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanante de los
suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del convenio
procedente de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma del convenio, a obtener las licencias y autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución
del mismo.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados por el encargado del tratamiento para la ejecución del
convenio, éste responderá ante la Junta de Extremadura del resultado de dichas acciones,
estando obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que
competan a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya
facilitado la Junta de Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes
del presente convenio, fuera de las circunstancias y para los fines expresamente pactados
en éste, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
E) Devolución de activos.
Para el supuesto de que el cumplimiento del convenio conlleve la entrega de activos, el
Encargado del tratamiento se compromete a la devolución de todos los activos de que haya
dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean software, documentación corporativa,
equipos y/o recursos materiales. Así mismo, si el personal del encargado dispone de per-