Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060668)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Integral de la Sierra de Gata" (ADISGATA), para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España.
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NÚMERO 40
Martes 27 de febrero de 2024

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2. S
 e recomienda disponer de perfiles con derechos de administración para la instalación
y configuración del sistema y usuarios sin privilegios o derechos de administración para
el acceso a los datos personales. Esta medida evitará que en caso de ataque de ciberseguridad puedan obtenerse privilegios de acceso o modificar el sistema operativo.
3. S
 e garantizará la existencia de contraseñas (o mecanismos equivalentes) para el acceso
a los datos personales almacenados en sistemas electrónicos. La contraseña tendrá los
menos 8 caracteres, mezcla de números y letras, caracteres especiales, etc. y se renovarán periódicamente.
4. C
 uando a los datos personales accedan distintas personas, para cada una de ellas, se
dispondrá de un usuario y contraseña específicos (identificación inequívoca).
5. S
 e debe garantizar la confidencialidad de las contraseñas, evitando que queden expuestas a terceros. En ningún caso se compartirán las contraseñas ni se dejarán anotadas
en lugar común y el acceso de personas distintas del usuario.
C.4) Medidas de seguridad técnicas para salvaguardar los datos.
A continuación, se exponen las medidas técnicas mínimas para garantizar la salvaguarda
de los datos personales:
1. A
 ctualización de ordenadores y dispositivos. Los dispositivos y ordenadores utilizados
para el almacenamiento y el tratamiento de los datos personales deberán mantenerse
actualizados.
2. M
 alware. En los ordenadores y dispositivos donde se realice el tratamiento de los datos
personales se dispondrá de un sistema de antivirus que garantice en la medida de lo
posible el robo y destrucción de la información y tales datos personales. El sistema de
antivirus deberá estar actualizado permanentemente y gestionado de forma central.
3. C
 ortafuegos. Para evitar accesos remotos indebidos a los datos personales se velará por
garantizar la existencia de un cortafuego activado en aquellos sistemas en los que se
realice el almacenamiento y/o tratamiento de los mismos.
4. C
 ifrado de datos. Cuando se precise utilizar datos personales fuera del recinto donde se
realiza su tratamiento, ya sea por medios físicos o por medios electrónicos, se deberá
valorar la posibilidad de utilizar un método de cifrado para garantizar su confidencialidad.