Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2024080258)
Anuncio de 17 de enero de 2024 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 40
Martes 27 de febrero de 2024

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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

ANUNCIO de 17 de enero de 2024 por el que se da publicidad a las ayudas
concedidas al amparo del Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que
se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de
rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa
de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto
demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración
y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba
la única convocatoria. (2024080258)
Mediante el Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, se establecieron las bases reguladoras
del programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000).
El 7 de noviembre de 2022 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, el decreto de
apoyo actuaciones de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto
demográfico (Programa PREE 5000) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia Europeo, en Extremadura, y la aprobación de la única convocatoria.
El artículo 27 del citado decreto, establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal electrónico de
Transparencia de la Junta de Extremadura, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando los
importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a la subvención
concedida al beneficiario para el desarrollo del proyecto de inversión considerado como incentivable relacionado en el anexo I.
El pago de esta ayuda se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria
1800200/G/333A/760.00 del proyecto de gasto 20210458 “PREE 5000 OPCIÓN A) Rehabilitación Energética Edificios Completos” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.