Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060529)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Delfin Trucks, SL, para el ciclo formativo de Grado Superior en Administración y Finanzas del IES Loustau-Valverde de Valencia de Alcántara.
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NÚMERO 38
Viernes 23 de febrero de 2024

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4. Q
 ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
profesional podrán suscribir convenios con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
5. Q
 ue el apartado b del artículo 97.3 del Real Decreto 659/2023, de 18 de agosto, por el que
se establece la ordenación del Sistema de Formación Profesional indica que Las Administraciones Públicas educativas:
b) Promoverán, en el marco de sus respetivas competencias y con el fin de propiciar la adquisición de las correspondientes competencias, la autonomía pedagógica, organizativa
y de gestión de los centros que impartan formación profesional, facilitando en todo caso
el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de formación, la movilidad
en centros y empresas, la investigación aplicada y la innovación en su ámbito docente,
así como las actuaciones que favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.
ACUERDAN
1. S
 uscribir el presente Convenio para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional
Dual en el sistema educativo.
2. I ncorporar al presente Convenio, a lo largo del periodo de vigencia, las relaciones nominales de alumnos y alumnas acogidos al mismo (Anexo II), el programa de formación (Anexo
III. a y b) que podrá ser modificado y adaptado en función de las necesidades del desarrollo
del mismo, y los documentos necesarios que faciliten su seguimiento y evaluación.
3. F
 ormalizar el presente Convenio de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. El alumnado seleccionado, hasta 2 estudiantes, del ciclo formativo de Grado Superior en Administración y Finanzas (ADG3-1), desarrollarán las actividades formativas programadas en el Anexo IIIa y Anexo IIIb, que podrán ser modificadas y adaptadas en función de
las necesidades del desarrollo de las mismas, en los locales de los centros de trabajo de la
empresa colaboradora o, en su caso, en aquellos lugares en los que la empresa desarrolle su
actividad productiva, sin que ello implique relación laboral alguna con ninguna de las dependencias pertenecientes a la empresa Delfin Trucks, SL.
También podrá desarrollarse esta labor en el centro educativo cuando las empresas carezcan
de espacios para tales usos, debiendo, en todo caso, ser la docencia impartida por personal
de la empresa.