Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Información Pública. (2024080235)
Anuncio de 9 de febrero de 2024 por el que se somete a información pública el expediente de constitución del coto de pesca denominado "Los Canchuelos", en el término municipal de Salvatierra de Santiago.
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Viernes 23 de febrero de 2024

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CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
ANUNCIO de 9 de febrero de 2024 por el que se somete a información
pública el expediente de constitución del coto de pesca denominado "Los
Canchuelos", en el término municipal de Salvatierra de Santiago. (2024080235)
El Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza
y Pesca, está tramitando el expediente de constitución del coto de pesca denominado “Los
Canchuelos”, junto con el “Club Deportivo de Pesca Salvaterreños”. Considerando que la naturaleza de este procedimiento así lo requiere, atendiendo a lo establecido en el artículo 83 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se comunica al público en general que el expediente de constitución del coto
de pesca denominado “Los Canchuelos” en el término municipal de Salvatierra de Santiago,
podrá ser examinado, durante veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias en el
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura, de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en
los Servicios Territoriales de Cáceres, c/ Arroyo Valhondo 2, 10071 – Cáceres.
http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/directorio.html
Los límites y condiciones de la inclusión de la masa de agua son los siguientes:
— Masa de agua del coto de pesca “Los Canchuelos” con las respectivas coordenadas UTMETRS89 de su muro en huso 29: Charca Egido Pozo Nuevo X: 755.506 m Y: 4.355.080
m; Charca La Mangada X: 755.740m Y: 4.353.580 m; Charca El Prado X: 755.550 m Y:
4.353.420 m; Laguna Rota X: 752.452 m Y: 4.352.302 m.
— Temporada de pesca (período de funcionamiento): desde el 15 de mayo hasta el 12 de
octubre.
— Días hábiles de pesca: miércoles, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y
regional.
— Cupo y talla de capturas por pescador y día: diez (10) tencas de quince (15) centímetros
arriba, resto de especies según Orden de Vedas.
— Artes y cebos: máximo una (1) caña a la mano, permitiéndose solo los anzuelos sencillos sin muerte o arponcillo. No se podrán ocupar puestos fijos si en el radio de cinco
metros se observan basuras.
— Número de permisos diarios: en la Charca Egido Pozo Nuevo hasta doce (12) permisos,
Charca La Mangada hasta ocho (8), Charca El Prado hasta ocho (8), Laguna Rota veinte