Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060559)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la "Realización de actividades de vigilancia, información e investigación de la calidad del aire en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD003.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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Las certificaciones estarán firmadas por la Jefa de Sección de Sostenibilidad Ambiental, con
el visto bueno del Jefe del Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, y
serán por los trabajos realmente ejecutados, a en base a la Memoria Técnica y Económica.
Los gastos en exceso realizados por la UEX durante un ejercicio respecto de la anualidad prevista o aquellos, que a la fecha de la justificación anual no pudieran ser presentados, por ser
posteriores a la fecha de la Certificación, se imputarán y justificarán con cargo al presupuesto
consignado en el ejercicio inmediato posterior, disponiendo la UEX de un plazo de seis meses
para su justificación, salvo para el último pago, en cuyo caso los gastos deberán justificarse
antes del 15 de diciembre de 2027, con el objeto de liquidar el Convenio en el ejercicio presupuestario.
A la liquidación del Convenio, en el último ejercicio, si se hubieran justificado gastos por menor importe, respecto a la totalidad prevista del Convenio, se procederá al ajuste de la cantidad efectiva a abonar por parte de la Junta de Extremadura, de forma que los pagos totales
se correspondan con los gastos realmente justificados.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente IBAN ES39
0049- 6744-45-2216163524 del Banco de Santander a nombre de la UEX, indicando como
referencia el título de este convenio.
Estas actuaciones se enmarcan como desarrollo de las inversiones contempladas en el “Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027, en su Objetivo Político OP2 “Una Europa
más verde”, Prioridad “P2.A Transición verde”, Objetivo específico “2VII El fomento de la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y las infraestructuras ecológicas
(en lo sucesivo, “infraestructuras verdes”), también en las zonas urbanas, y la reducción de
toda forma de contaminación”, Actuación: “2.7.2 Medidas de calidad ambiental”. Tasa de cofinanciación 85%.
Octava. Visibilidad, transparencia y comunicación.
Conforme a lo establecido en el artículo 50 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus,
al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y
de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo,
Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero
a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, el beneficiario deberá cumplir las siguientes
cuestiones: