Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060559)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la "Realización de actividades de vigilancia, información e investigación de la calidad del aire en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD003.
53 páginas totales
Página
NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

10458

— Por parte de la Universidad de Extremadura, el investigador principal del proyecto, D.
Eduardo Pinilla Gil.
— La persona que ocupe el puesto de Jefe/a de Sección de Sostenibilidad Ambiental, que
actuará como Secretaria de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control.
Si alguno de los miembros titulares de la Comisión no pudiera asistir a la reunión de la
misma, será sustituido por otro miembro suplente, de los que se indican a continuación:
— La persona que ostente el puesto de Jefe/a del Servicio con competencias en la materia
de Calidad Ambiental y Cambio Climático, que sustituirá, en su caso, al Presidente de la
Comisión.
— La persona que designe la Universidad de Extremadura, como suplente del investigador
principal de dicha Universidad.
— El funcionario que designe la Dirección General con competencias en materia de calidad
ambiental, que actuará como suplente del Secretario de la Comisión.
A las sesiones de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control podrán asistir cuantos
técnicos y personal se estime necesario, para prestar asesoramiento a la misma con el fin
de garantizar el buen desarrollo del Convenio.
2. L
 a Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se reunirá cada cuatro meses con carácter ordinario, y con carácter extraordinario tantas veces como sea necesario para tratar
las cuestiones que las partes acuerden. Serán de aplicación a la Comisión de Seguimiento,
Vigilancia y Control, las previsiones que sobre órganos colegiados establece la Subsección
1ª de la Sección 3ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. S
 erán funciones de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control las siguientes:
a) Fijar el calendario de actuaciones siempre vinculado a los plazos de entrega de información de base y gestiones necesarias por parte de la Junta de Extremadura para cada
tipo de trabajo.
b) Interpretar y resolver las dudas que se susciten en la ejecución del Convenio.
c) Designar a todos los técnicos de la Junta de Extremadura y de la Universidad de Extremadura que tienen que participar en las actuaciones previstas en el presente Convenio.