Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060559)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la "Realización de actividades de vigilancia, información e investigación de la calidad del aire en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD003.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024



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b. P
 ara el derecho de rectificación se procederá a modificar los datos de los interesados que fueran inexactos o incompletos atendiendo a los fines del tratamiento.



c. Para el derecho de supresión se suprimirán los datos de los interesados cuando
estos manifiesten su negativa u oposición para el tratamiento de los mismos y no
exista base legal que lo impida.

6.6. Violaciones de seguridad de datos de carácter personal. Cuando se produzcan
violaciones de seguridad de datos de carácter personal, como, por ejemplo, el robo o
acceso indebido a los mismos se notificará al Responsable de forma inmediata acerca
de tal circunstancia, incluyendo toda la información necesaria para el esclarecimiento
de los hechos. Asimismo, se apoyará al Responsable para realizar la notificación de la
violación de la seguridad a la Agencia Española de Protección de Datos teniendo en
cuenta la información a disposición del Encargado.
6.7. El ejercicio de derechos requerirá la previa presentación por parte del interesado
de copia de su DNI o documento identificativo.
6.8. No obstante el Encargado tiene la obligación de informar a cualquier interesado de
las siguientes circunstancias:


• Lista de tipologías de datos personales tratados.



• Finalidad para la que han sido recogidos.



• Identidad de los destinatarios de los datos.



• Plazo de conservación de los datos.



• Identidad del Responsable ante el que pueden solicitar la rectificación, supresión y
oposición al tratamiento.



• Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos.

C.3) Medidas de seguridad técnicas para la identificación.
El Encargado implantará como mínimo las siguientes medidas técnicas para garantizar la
identificación y autenticación de los usuarios con acceso a los datos:


1. N
 o se permitirá el uso para fines particulares de aquellos ordenadores y dispositivos
destinados al tratamiento de los datos personales.