Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060559)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la "Realización de actividades de vigilancia, información e investigación de la calidad del aire en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD003.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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Así mismo, si la Universidad de Extremadura contratara personal con cargo al presente Convenio, no tendrá relación laboral alguna con la Junta de Extremadura.
La Universidad de Extremadura deberá someterse a cualquiera de las actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación,
la Autoridad de Auditoria, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de
control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
Décima. Resolución y causas de extinción.
Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Convenio, comunicándolo por escrito a la
otra parte, al menos, con quince días de antelación a la fecha prevista de resolución.
El presente Convenio se resolverá por cualquiera de las siguientes causas:
a) Por cumplimiento del objetivo del mismo.
b) Por vencimiento del plazo de vigencia.
c) Por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones
o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado
al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.
S
 i trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y
se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa dará lugar
a el reintegro de las cantidades que se hubiese recibido, así como los intereses legales
que hubieran devengado las citadas cantidades.
Undécima. Información que se genera.
La información generada sobre la calidad del aire, que en todo caso deberá tener en cuenta lo
dispuesto en la estipulación séptima, se recogerá en actualizaciones de la página web REPICA,
en los informes previos a cada certificación parcial, y en un informe memoria final. Con esta
información, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible facilitará a los
ciudadanos la información recogida en cuanto vigilancia, investigación e información de la ca-