Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060542)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la "Realización de actividades relativas a la protección radiológica ambiental, a la vigilancia de las emisiones industriales y al mantenimiento de la red de medición de calidad del cielo nocturno y contaminación lumínica en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD001.
57 páginas totales
Página
NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

10444

locales o equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura, durante o una vez
finalizado el plazo de ejecución del convenio.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado
del tratamiento certificaciones de destrucción de documentos o eliminación de información
de los equipos empleados para la realización de objeto del convenio, asimismo, podrá
realizar revisiones de las instalaciones y procedimientos empleados por el encargado del
tratamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el incumplimiento de estos compromisos y las consecuencias derivadas de ello serán responsabilidad exclusiva del encargado
del tratamiento, que responderá frente a terceros y frente a la Administración de la Junta
de Extremadura de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
F) A
 uditoría.
La Junta de Extremadura podrá exigir al encargado del tratamiento cualquier evidencia de
cumplimiento con la legislación aplicable, conforme a lo marcado en los acuerdos firmados
por ambas partes, así como con los requisitos de seguridad impuestos por parte de la Junta
de Extremadura. Para ello la Junta de Extremadura se reserva el ejercicio de los siguientes
derechos:
— Revisar o auditar los mecanismos de salvaguarda de la Seguridad de la Información que
tenga implementados el encargado del tratamiento y que estén relacionados o implicados con los sistemas utilizados en el convenio.
— Revisar o auditar el cumplimiento por parte del encargado del tratamiento con la legislación aplicable.
— Requerir al encargado del tratamiento los documentos derivados de los procesos de auditoría llevados a cabo por éste, así como cualquier otra evidencia sobre el cumplimiento
con el marco legal aplicable y con los requisitos impuestos en el convenio.
— Solicitar la implementación de cualquier mecanismo organizativo, técnico o jurídico que
considere adecuado para garantizar la Seguridad de la Información.
Para facilitar el ejercicio de los anteriores derechos por parte de la Junta de Extremadura,
el encargado del tratamiento se compromete a facilitar y participar activamente en el desarrollo de las actividades anteriormente descritas.