Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060542)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la "Realización de actividades relativas a la protección radiológica ambiental, a la vigilancia de las emisiones industriales y al mantenimiento de la red de medición de calidad del cielo nocturno y contaminación lumínica en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD001.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024



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• Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos
personales.



• Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación
de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información
simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de
manera gradual sin dilación indebida.

j. El Encargado asistirá al Responsable con toda la información de la que disponga, a realizar la comunicación de las violaciones de la seguridad a los interesados, cuando sea
probable que dicha violación suponga un alto riesgo para sus derechos y libertades.
k. El Encargado, a petición del Responsable, comunicará en el menor tiempo posible, con
toda la información de la que disponga, la violación de la seguridad de los datos a los
interesados, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas. La comunicación debe realizarse en un
lenguaje claro y sencillo y deberá incluir los elementos que en cada caso señale el Responsable y, como mínimo:


• La naturaleza de la violación de datos.



• Indicación de contacto del Responsable o del Encargado donde se pueda obtener más
información.



• Posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.



• Medidas adoptadas o propuestas por el Responsable para poner remedio a la violación
de la seguridad, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

l. Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el
cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
m. I mplantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar
la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas
y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen en el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por el Encargado.