Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060543)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el Convenio de prácticas externas entre la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura y la Universitat Internacional Valenciana (VIU).
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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Séptimo. Que con el fin de continuar con los términos de colaboración establecidos entre las
partes firmantes del convenio, para que los estudiantes de la VIU puedan realizar prácticas
académicas externas en centros dependientes de la Consejería, y al amparo de lo previsto en
el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, el Real decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por
el que se aprueba el Estatuto del estudiante universitario y por la normativa específica tanto
estatal como autonómica que resulte de aplicación, acuerdan formalizar la presente Adenda
de este Convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente adenda modificar el contenido del Convenio de Practicas
Externas entre la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura y la
Universitat Internacional Valenciana (VIU), firmado el 4 de abril de 2019, y prorrogado mediante la firma de una Adenda con fecha 8 de febrero de 2023, con el fin de adaptarlo a la
normativa relacionada con las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de los alumnos que
realizan las prácticas.
Segunda. Modificación de la “Cláusula 17. Seguros”.
Al contenido de la cláusula 17 “Seguros”, se añade el párrafo que se recoge a continuación:
“De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los estudiantes universitarios, nacionales o extranjeros, que realicen prácticas formativas externas en el territorio español, ya
sea en modalidad presencial u online, quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social
como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad
Social a partir del 1 de enero del 2024, acordando las partes que el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social con respecto a los estudiantes de la VIU que realicen
prácticas formativas externas en centros dependientes de la Consejería se ajustará, al ser
prácticas no remuneradas, a las siguientes reglas:
a) El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la VIU, que
asumirá la condición de empresario, como centro de formación responsable de la oferta
formativa.
b) Quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social aquellos estudiantes -ya sean
nacionales o extranjeros- que realicen prácticas académicas externas en centros de
la Consejería, ya sea de forma presencial u online. Para que el estudiante que realice
prácticas quede incluido en el sistema de Seguridad Social deberá residir en España.