Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060578)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Dehesa Montarroso y El Barroco, en el término municipal de Barcarrota.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Dehesa Montarroso y El
Barroco, en el término municipal de Barcarrota. (2024060578)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 29 de julio de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la ampliación de
explotación porcina de cebo en régimen extensivo en el término municipal de Barcarrota (Badajoz) y promovida por Dehesa Montarroso y El Barroco, con CIF: J-06606248 con domicilio
en c/ Las Flores, n.º 3, CP 06100 de Olivenza.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen extensivo con capacidad de 700 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 16, 17, 20, 21 y 28 del polígono 1; parcela 8 del
polígono 2, del término municipal de Barcarrota, con una superficie de 399 ha. Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica anuncio de fecha 22 de agosto de 2023 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 176, de 13 de septiembre de
2023), poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 22 de agosto de 2023, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Barcarrota, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo.