Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2024060580)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria y bases para la provisión del puesto de trabajo de Intervención General, clase primera, de la Diputación Provincial de Cáceres, para su cobertura por el sistema de libre designación.
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NÚMERO 37

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Jueves 22 de febrero de 2024

ANEXO
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN,
MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE INTERVENCIÓN
GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES, RESERVADO
A FUNCIONARIOS DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON
HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL.
Primera. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión del puesto de Interventor de la Diputación
Provincial de Cáceres, reservado a personal funcionario con habilitación de carácter nacional,
Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, por el sistema de libre designación,
como sistema previsto en la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y
en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con
las características siguientes:
Denominación
puesto

NP

Nivel
Complemento
F.P.
Admón Subgrup
C.D.
Específico

INTERVENCIÓN 107

30

LD

43.183,98 €

AL

A1

Escala

Requisito/
Observaciones
Plaza

Habilitac
Intervención
Nacional

E.D.I.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria y poder desarrollar el puesto en
el caso de ser nombrado/a, el estar integrado/a en la Escala de funcionarios de habilitación
de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, Subgrupo A1 y no
encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas en los apartados a), b) y c) del artículo
36.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Los requisitos exigidos deberán reunirse en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.
Tercera. Publicidad de la convocatoria.
La convocatoria, que corresponde al Presidente de la Corporación, será remitida al órgano
competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y posterior remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de
diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada.