Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2024060601)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se declara desierta la convocatoria de subvenciones acogidas a la Resolución de 30 diciembre de 2020, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II) en Extremadura para las actuaciones 3 (BDNS 543129) y 4 (BDNS 543130).
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por
la que se declara desierta la convocatoria de subvenciones acogidas a la
Resolución de 30 diciembre de 2020, por la que se aprueba la convocatoria
de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad eficiente y sostenible
(MOVES II) en Extremadura para las actuaciones 3 (BDNS 543129) y 4 (BDNS
543130). (2024060601)
De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto 569/2020, de 6 de junio, por el
que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y de conformidad con el procedimiento establecido en el título II, capítulos II y III de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma Extremadura, se
aprobó, mediante Resolución de la Secretaría General de 30 de diciembre de 2020, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad eficiente y sostenible (MOVES
II) en Extremadura (DOE n.º 8, de 14 de enero de 2021), y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. El resuelvo tercero de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II), establece las siguientes actuaciones
subvencionables:
— Actuación 1: Adquisición de vehículos de energías alternativas.
— Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
— Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas.
— Actuación 4: Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo.
Segundo. El resuelvo décimo, apartado 3 de dicha Resolución de 30 de diciembre de 2020,
determina que “ el plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente resolución de convocatoria y del extracto de la misma a que se refiere el
artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura, y se extenderá hasta el agotamiento de
los fondos o hasta la conclusión de la vigencia del actual programa MOVES que se producirá
al transcurrir un año, desde las citadas publicaciones”. Por tanto, la convocatoria permaneció
abierta para la presentación de solicitudes desde el 15 de enero de 2021 hasta el 14 de enero
de 2022
Tercero. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria no
se ha recibido ninguna solicitud de ayuda para las actuaciones 3 y 4.