Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024080212)
Anuncio de 8 de febrero de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Atalaya", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/1499.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
NÚMERO 35
Martes 20 de febrero de 2024

10112

— N.º de inversores: 29 ud.
— Centro de control y medida, a construir en el interior de los terrenos de la planta “Atalaya”, en el polígono 58, parcela 1, del término municipal de Badajoz (Badajoz). Se
trata de un centro de control y medida común para esta planta y la planta fotovoltaica
denominada “San Telmo”, objeto de otro proyecto (expediente IA22/1277).
— Línea aérea de evacuación de 20 kV, y longitud total de 2.962,54 m, de los cuales
2.935,42 m serán tramos subterráneos, mientras que el resto de la línea, 27,12 m, será
aérea, con origen en el precitado centro de control y medida, y final en la SET “Vegas
Bajas”, sita en el polígono 182, parcela 238 del término municipal de Badajoz (Badajoz),
propiedad de E-Distribución Redes Digitales, SLU.
La promotora del proyecto es Planta Fotovoltaica Imagesol, SL, con CIF B-06844559 y domicilio en Glorieta Ruiz Jiménez, 3, 1.ª planta, 28015 Madrid (Madrid).
El órgano competente para el otorgamiento de la autorización sustantiva es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos
de la calificación urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 8 de febrero 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.