Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060569)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificación de dos concesiones de aguas superficiales otorgadas del río Guadámez y otra que se encuentra en trámite para el riego por goteo, consistente en el aumento de la superficie de riego en 90,7219 ha, totalizando 126,38 ha de cultivo de almendro y hortícolas", en el término municipal de Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0162.
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Lunes 19 de febrero de 2024

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Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas (CN22/7728), se considera que la actividad solicitada no es susceptible de
afectar de forma apreciable, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que
se cumplan las medidas indicadas en su informe.


C.2.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

El área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana, sobre la masa de
agua subterránea de Vegas Altas. Parte de la superficie de riego se ubicaría en zona de
policía de los ríos Guadiana y Guadámez, los cuales constituyen el DPH del Estado. En
este sentido, según se indica en el informe emitido por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización
administrativa previa, que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna
concesión de aguas públicas.
Durante la fase de ejecución, se habrá producido un impacto sobre las masas de agua
superficiales como consecuencia de la posibilidad de contaminación física por turbidez,
debido al aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, por los
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
El agua necesaria para el riego en la fase de funcionamiento del proyecto proviene de
2 tomas superficiales sobre el río Guadá­mez, con un consumo anual total de agua de
706.542 m3/año. La Confederación Hidrográfica del Guadiana en su informe estima
que sería compatible con la Planificación Hidrológica, según la Oficina de Planificación
Hidrológica de ese Organismo de cuenca.
En cualquier caso, se estará a lo que finalmente disponga la resolución del procedimiento de concesión en trámite.
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Por otro lado, la zona de actuación no se encuentra en zona
vulnerable a la contaminación por nitratos, por lo que parece poco probable una eventual contaminación de las aguas subterráneas.