Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060568)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de apertura de un pozo de sondeo en la parcela 38 del polígono 7, del término municipal de Herrera del Duque, cuya promotora es Nestlé España, SA. Expte.: IA22/0280.
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NÚMERO 34

9756

Lunes 19 de febrero de 2024

Relación de Organismos y entidades consultadas

Respuestas recibidas

Ecologistas en Acción

X

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Greenpeace

-

SEO/BirdLife

-

Coordinación de Agentes de Medio Natural

X

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
— Con fecha 26 de septiembre de 2023, la Dirección General de Prevención y Extinción de
Incendios emite informe indicando que la zona objeto de proyecto, se encuentra incluida
dentro de la Zona de Alto Riesgo o de Protección Preferente “Siberia”, en materia de
incendios forestales y en función de la zonificación establecida como consecuencia del
riesgo potencial de incendios en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
L
 a zona objeto de proyecto se encuentra incluida dentro de monte de utilidad pública
MUP “Las Navas y Puerto Lobo”, y por tanto con plan de prevención aprobado y vigente,
concretamente el PAZAR (10)/0642/09, por lo que la totalidad de las actuaciones deberán ser respetuosas y compatibles con las infraestructuras propias de dicho plan.
D
 ada la tipología de proyecto y su localización, podría verse afectada de algún modo la
red de defensa diseñada para dicha Zona de Alto Riesgo, por lo que cualquier actuación,
deberá respetar y ser compatible con ésta, con sus funciones y objetivos. En el caso de
afección, deberá ser restituida inmediatamente a su estado previo, y cumplir los objetivos para los que fue diseñada.
D
 eberán cumplirse las medidas de autoprotección en lugares vulnerables, en el caso
de existir edificaciones, construcciones o instalaciones correspondientes a viviendas,
infraestructuras menores, depósitos de combustible, equipamientos de radiocomunicaciones y otras construcciones o elementos singulares fijos con riesgo de provocar o verse
afectados por incendios forestales.
En cualquier caso, deberá cumplirse la totalidad de la normativa al respecto, tanto la referida a la prevención Plan PREIFEX, como la referida a la lucha y extinción de incendios
forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
I gualmente, serán de obligado cumplimiento aquellas medidas establecidas en la orden
anual correspondiente de declaración de época de peligro (bajo, medio, alto), durante