Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2024060555)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se nombra a las personas titulares y suplentes que ocuparán las Vocalías de la Comisión de Valoración encargada de la valoración de solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2024, así como la persona que ejercerá la Secretaría de la Comisión.
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NÚMERO 32

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Jueves 15 de febrero de 2024

Segunda suplente: Raquel Sierra Rebolledo, funcionaria grupo A2 de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
2. T
 itular: Isabel Moya Rodríguez, funcionaria grupo A2 de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Primera suplente: Raquel Sierra Rebolledo, funcionaria grupo A2 de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Segundo suplente: Francisco Javier Flete Morán, funcionario grupo A1 de la Secretaría
General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Secretaria:
— Titular: Elena Saavedra Arias, funcionaria de la Secretaría General de Servicios Sociales,
Inclusión, Infancia y Familia.
— Primera suplente: Herminia Blanco Iñañez, funcionaria de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
— Segunda suplente: María Eugenia Farrona Burguillos, funcionaria de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
La persona que realice las funciones de Secretaria de la Comisión de Valoración actuará con
voz pero sin voto.
Segundo. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, ante la Secretaria General
de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, órgano que dictó el acto que motiva el
recurso, o bien directamente ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para su resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 101 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 6 de febrero de 2024.
La Secretaria General de Servicios
Sociales, Inclusión, Infancia y Familia,
MARÍA TERESA ANGULO ROMERO

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