Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060421)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Calamonte, en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 32
Jueves 15 de febrero de 2024

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De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, aportará
a la financiación del presente Convenio la cantidad de setenta y dos mil setecientos cuarenta y ocho euros con once céntimos (72.748,11 €), correspondiente al 99 % de la financiación del mismo, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2024, en la aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/46000/
CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención Social Básica”, con fuente de financiación Comunidad Autónoma.
El presente Convenio se tramita mediante tramitación anticipada, por lo que la aportación de
la Junta de Extremadura queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito
adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 para financiar las obligaciones derivadas del Convenio en el ejercicio
2024.
El Ayuntamiento aportará a la financiación del presente Convenio la cantidad de setecientos
treinta y cuatro euros con ochenta y tres céntimos (734,83 €), con cargo a los Presupuestos
del Ayuntamiento para el año 2024. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar
el 100% de la financiación del presente Convenio.
Cuarta. Pago y justificación.
1. E
 l pago de la aportación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación
del Convenio, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la anualidad 2024, se realizará al Ayuntamiento en la forma prevista en el Decreto
105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la
Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Un primer 50 % de la cantidad aportada por la Consejería de Salud y Servicios Sociales al Convenio. A efectos de realizar este abono, se procederá al reconocimiento de la
obligación y propuesta de pago, una vez formalizado el Convenio, a partir del inicio del
plazo de vigencia del Convenio previsto en la cláusula décima para que se proceda a su
ordenación y pago durante el primer cuatrimestre del ejercicio 2024.
b) Un segundo abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Salud y Servicios Sociales al Convenio, previa justificación por el Ayuntamiento de gastos y pagos
correspondientes a cantidad igual o superior al 25% de la financiación del Convenio.
c) Un tercer y último abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Salud
y Servicios Sociales al Convenio, previa justificación por el Ayuntamiento de gastos y