Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060475)
Resolución de 4 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas superficiales del río Guadiana a través del Canal de Las Dehesas con destino a riego de una superficie de 63,4353 ha de cultivo de arroz en las fincas "Zorreras de Abajo" y "Los Endrinales", en los términos municipales de Madrigalejo (Cáceres) y Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA21/1609.
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NÚMERO 32
Jueves 15 de febrero de 2024



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C.2.7. Consumo de recursos y cambio climático.

El principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío
pretendida es el agua, que proviene de una toma que se encuentra en la margen izquierda
del Canal de las Dehesas, con un consumo anual total de agua de 387.297 m3/año.
Como ya se ha indicado en el anterior apartado C.2.2 Sistema hidrológico y calidad de
las aguas, la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, considera que la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico de cuenca,
con las limitaciones señaladas en su informe. En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución del procedimiento de concesión 783/2021 (CONC
41/21), la cual deberá tener en cuenta la superficie finalmente informada en la presente
declaración de impacto ambiental a efectos de ajustar las dotaciones de agua finalmente concedidas.


C.2.8. Medio socioeconómico.

La incidencia sobre este factor es positiva, tanto en la fase de ejecución como de explotación del proyecto, al generarse oportunidades de creación de empleo. Asimismo,
los trabajos de transformación y la posterior producción que se obtendrá, contribuirán
a generar rentas tanto directas como indirectas, produciéndose además una diversificación de los ingresos. Por otro lado, el proyecto contribuye a fijar población rural,
afrontando el reto demográfico.
Todos estos impactos positivos son limitados, debido fundamentalmente al carácter
local del proyecto.


C.2.9. Sinergias y efectos acumulativos.

Los principales efectos acumulativos y sinérgicos derivados de la ejecución del proyecto residen en la extracción de recursos hídricos, en este sentido, el Órgano de cuenca
competente (Confederación Hidrográfica del Guadiana) ha establecido que la solicitud de
concesión de aguas es compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, con las limitaciones señaladas en su informe. En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución del procedimiento de concesión 783/2021 (CONC 41/21), la cual
deberá tener en cuenta la superficie finalmente informada en la presente declaración de
impacto ambiental a efectos de ajustar las dotaciones de agua finalmente concedidas.
C.2.10. Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos derivados de accidentes graves o
catástrofes.
El promotor incluye, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,