Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060475)
Resolución de 4 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas superficiales del río Guadiana a través del Canal de Las Dehesas con destino a riego de una superficie de 63,4353 ha de cultivo de arroz en las fincas "Zorreras de Abajo" y "Los Endrinales", en los términos municipales de Madrigalejo (Cáceres) y Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA21/1609.
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Jueves 15 de febrero de 2024

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RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de concesión de aguas superficiales del río Guadiana a través del
Canal de Las Dehesas con destino a riego de una superficie de 63,4353 ha
de cultivo de arroz en las fincas "Zorreras de Abajo" y "Los Endrinales",
en los términos municipales de Madrigalejo (Cáceres) y Navalvillar de Pela
(Badajoz). Expte.: IA21/1609. (2024060475)
El proyecto de concesión de aguas superficiales del río Guadiana a través del Canal de Las
Dehesas con destino a riego de una superficie de 63,4353 ha de cultivo de arroz en las fincas “Zorreras de Abajo” y “Los Endrinales”, en el término municipal de Madrigalejo (Cáceres)
y Navalvillar de Pela (Badajoz), pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y
acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de
proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o
de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas
protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con
carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa
al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
Los promotores del proyecto de concesión de aguas superficiales del río Guadiana a través
del Canal de Las Dehesas con destino a riego de una superficie de 63,4353 ha de cultivo
de arroz en las fincas “Zorreras de Abajo” y “Los Endrinales”, en el término municipal de