Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024060467)
Resolución de 29 de enero de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Nueva posición salida de línea 15 kV "Solmer 2", en subestación Mérida, en el término municipal de Mérida (Badajoz)". Expte.: 06/AT-1788/18363.
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Jueves 15 de febrero de 2024

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— 1 Interruptor tripolar automático. 24 kV, 630 A, 25 kA.



— 3 Transformadores de intensidad toroidales de relación apropiada, para protección.



— 3 Transformadores de tensión.



— 1 Transformador de intensidad toroidal de relación apropiada para medida de la corriente homopolar.



— 3 Detectores de control de presencia de tensión.



— 1 Compartimento para elementos de control.

Posición de telecontrol y protecciones.
Se dispone de un Sistema Integrado de Control y Protección (en adelante SICOP) compuesto por remota y sistema protectivo que se ha de ampliar con nuevos equipos con
motivo de la ampliación de las salidas de línea de 15 kV objeto de este proyecto.
La subestación será telemandada desde el CCMT de Sevilla.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido
en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones
de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.