Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060434)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, cuyo promotor es Julio Lavado Lavado, en el término municipal de Montijo (Badajoz).
45 páginas totales
Página
NÚMERO 32
Jueves 15 de febrero de 2024



9130

El ruido generado por la actividad tendrá su origen en el funcionamiento de la maquinaria. Los equipos mecánicos (motores, compresores, cintas de transporte, etc.)
generan ruido como consecuencia de su funcionamiento normal.




— Patrimonio arqueológico y dominio público.
Aunque la Carta Arqueológica, según el informe de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural, no indica en la parcela de referencia la presencia de
ningún yacimiento arqueológico, a efectos de la protección del patrimonio de interés
arqueológico y/o etnográfico no detectado en superficie, que pudiera aparecer durante
el funcionamiento de la actividad, y evitar posibles incidencias sobre el mismo, se
impondrá una medida de obligado cumplimiento en el presente informe.




— Consumo de recursos y cambio climático.
Los recursos consumidos serían la ocupación del suelo por parte de las instalaciones.
La fase de ampliación supondrá un efecto directo, puntual y negativo sobre el cambio
climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman.
Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma temporal,
serán recuperables y reversibles.



No se prevén efectos significativos sobre los recursos y cambio climático siempre y
cuando se adopten las medidas propuestas para ello.




— Medio socioeconómico.
El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la instalación, que en
Extremadura tiene una importancia vital.

— 
Sinergias.




No se presentas sinergias en la documentación aportada.
— Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto” en el documento ambiental, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por
la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.



En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos
sobre el medio ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apar-