Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060521)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de una fábrica de piensos promovida por Agropecuaria Jarallana, SL, en el término municipal de Monroy.
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Jueves 15 de febrero de 2024

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3. L
 a generación de cualquier otro residuo no indicado, deberá ser comunicada a la DGS.
4. M
 ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular estará obligado a
mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular:
— Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por
el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
— Se almacenarán sobre solera impermeable.
— El almacenamiento temporal de residuos peligrosos se efectuará en zonas cubiertas y
con pavimento impermeable.
— Para aquellos residuos peligrosos que, por su estado físico, líquido o pastoso, puedan
generar lixiviados o dar lugar a vertidos, se dispondrá de cubetos de retención o sistema
equivalente, a fin de garantizar la contención de eventuales derrames. Dichos sistemas
serán independientes para aquellas tipologías de residuos cuya posible mezcla en caso
de derrame suponga aumento de su peligrosidad o mayor dificultad de gestión.
— Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular.
5. N
 o se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peligrosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
6. L
 os residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras
que los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.
Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
7. D
 eberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas con solera impermeable, que conduzcan posibles derrames a arqueta de recogida estanca, en el caso del
almacenamiento de residuos peligrosos, estas áreas deberán ser cubiertas. En cualquier
caso, su diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y condición de
seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
b) Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica
1. L
 as instalaciones cuyo funcionamiento dé lugar a emisiones contaminantes a la atmósfera
habrán de presentar un diseño, equipamiento, construcción y explotación que eviten una