Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024060429)
Resolución de 1 de febrero de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran, en concreto, de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Nueva LAMT de enlace, de 13,2 kV, entre la L-"Río Tajo" de la STR "Plasencia Ind." y la L-"Haza Concepción" de la STR "Pantano Gargüera" (para la supresión del actual tendido eléctrico que discurre por el Parque Nacional de Monfragüe), en los términos municipales de Serradilla y Malpartida de Plasencia (Cáceres)". Expte.: AT-9281.
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NÚMERO 31
Miércoles 14 de febrero de 2024



Periódico HOY: 23/06/2021.



Tablón de edictos del Ayuntamiento de Serradilla 11/06/2021.



Tablón de edictos del Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia 03/06/2021.

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— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, al objeto de que, en relación con bienes y derechos a su cargo afectados
por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función
ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según
lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo
el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con
arreglo a las referencias competenciales recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad