Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060415)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Acedera, Gargáligas, Los Guadalperales, Navalvillar de Pela y Orellana de la Sierra, en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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Lunes 12 de febrero de 2024

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Cuarto. Que los Ayuntamientos de Acedera, Gargaligas, Los Guadalperales y Navalvillar De
Pela, en el marco de las competencias que les confiere el artículo 25.2.e) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 35.1.a) y 2 de la Ley
14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, les corresponden prestar los
servicios sociales de atención social básica, pudiendo prestarlos a través de agrupación.
Quinto. Que la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura establece
en su artículo 37 que las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma deberán, en el
marco de sus respectivas competencias, establecer una adecuada coordinación y colaboración
administrativa, para asegurar la homogeneidad en la prestación de servicios sociales en toda
la región, garantizar la continuidad de las prestaciones y conseguir una mayor eficiencia del
Sistema Público de Servicios Sociales.
La cooperación económica, técnica y administrativa con las entidades locales, en materia de
servicios sociales, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos
previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios y los convenios administrativos que se suscriban al efecto.
Asimismo, el artículo 44 de esta ley, establece como un instrumento de cooperación financiera
entre las distintas Administraciones Públicas el convenio de colaboración, a fin de alcanzar el
cumplimiento de los objetivos determinados en la planificación general del Sistema Público
de Servicios Sociales.
Sexto. Que con objeto de regular la colaboración entre la Junta de Extremadura y las Entidades Locales en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales
de atención social básica, se aprueba el Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que se regula
la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la prestación de
información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 132, de 11 de julio de 2016), colaboración
que se formalizará mediante la suscripción de convenios de colaboración.
En el marco del citado decreto, la Consejería de Salud y Servicios Sociales tiene reconocido a
los Ayuntamientos de Acedera, Gargaligas, Los Guadalperales y Navalvillar De Pela, un total
de 2 profesionales del Trabajo Social para la prestación de información, valoración y orientación del servicio social de atención social básica.
Séptimo. Que conforme dispone el artículo 10 del Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que
se regula la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el presente convenio de colaboración tiene na-