Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. (2024060474)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se delegan determinadas competencias en Unidades de esta Consejería.
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NÚMERO 30
Lunes 12 de febrero de 2024

II

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AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se delegan
determinadas competencias en unidades de esta Consejería. (2024060474)
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio) se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con base a lo anterior, procede aprobar el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, publicado en DOE n.º 145 de 28 de julio.
En dicho decreto se determinan el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conformen la Presi­dencia de la Junta y las distintas Consejerías, de acuerdo con
las previsiones de los artículos 13.d), 20 y 55 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre otras, la Consejería
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y dentro de la misma, entre otros órganos
directivos, la Dirección General de Agricultura y Ganadería, la cual se estructura en unidades
administrativas para el correcto desarrollo de las funciones encomendadas, siendo una de
ellas el Servicio de Producción Agraria.
Por razones de eficacia, celeridad y coordinación, y dada la especialidad de la materia, resulta
conveniente delegar en el Jefe de Servicio de Producción Agraria el ejercicio de las funciones
de enajenación de producciones agrarias de las explotaciones de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con las facultades que me confiere el artículo
9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 72
y 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Delegar en el Jefe de Servicio de Producción Agraria, dependiente de la Dirección
General de Agricultura y Ganadería, las competencias que a continuación se relacionan, con-