Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Organizaciones Empresariales. (2024060408)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se anuncia el depósito de la disolución de la asociación empresarial denominada "Federación de Autoescuelas de Extremadura" en siglas FEDAEX con número de depósito 81000202 (antiguo número de depósito CA/228).
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NÚMERO 30

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Lunes 12 de febrero de 2024

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se anuncia el depósito de la disolución de la asociación empresarial
denominada "Federación de Autoescuelas de Extremadura" en siglas FEDAEX
con número de depósito 81000202 (antiguo número de depósito CA/228).
(2024060408)

Ha sido admitido el depósito de la disolución de la mencionada asociación al comprobarse que
reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho
de asociación sindical, vigente para las asociaciones empresariales en virtud de lo establecido
por la disposición derogatoria de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La solicitud de depósito fue formulada por D.ª Emilia Gómez Pecellín, mediante escrito tramitado con el número de entrada 81/2024/00004.
La Asamblea General celebrada con carácter extraordinario el día 25 de noviembre de 2023,
adoptó por unanimidad el acuerdo de disolver la asociación.
El Acta de la Asamblea General Extraordinaria aparece suscrita por D. Julián Iglesias Fernández,
en su calidad de Secretario, con el visto bueno de D.ª Emilia Gómez Pecellín y D. Francisco
García Hernández, en su calidad de Presidente y Vicepresidente, respectivamente.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado
y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, conforme a lo dispuesto en la
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Mérida, 2 de febrero de 2024.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA

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