Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2024AC0013)
Acuerdo de 5 de febrero de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU para la participación agrupada en la Feria CIBUS Parma, para el ejercicio 2024.
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Lunes 12 de febrero de 2024

ACUERDO
Primero. Objeto.
El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas en especie, en
cumplimiento de la Orden de 6 de julio de 2023, publicada en DOE n.º 132 de 11 de julio de
2023, para la realización de la siguiente acción de promoción de carácter internacional.
Feria CIBUS Parma 2024.
Código de la acción de promoción: FI24CIBU.
Parma (Italia), del 7 al 10 de mayo de 2024.
https://www.cibus.it/en/
Segundo. Beneficiarios.
1. P
 odrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas reguladas en la Orden de 6 de julio
de 2023, las personas físicas y jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la
misma, tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y ejerzan una actividad
económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Q
 uedan expresamente excluidos:
a) Las asociaciones, las universidades, las agrupaciones de interés económico y asociaciones de empresas, incluyendo los clústeres, así como denominaciones de origen e
indicaciones geográficas protegidas, ni consorcios de exportación.
b) En el caso de sociedades que formen parte de un mismo grupo empresarial, empresas
participadas entre ellas, o que presenten solicitud como autónomo siendo socios, administradores o partícipes de alguna empresa que haya presentado solicitud, y entre las
que se considere existe vinculación jurídica. En estos supuestos tan sólo se tendrá como
válidamente presentada aquella solicitud que tenga entrada en primer lugar.
c) Las empresas que participen en otras actuaciones financiadas por Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, vinculadas al mismo evento y concepto.
Tercero. Requisitos para ser beneficiario.
1. S
 e establecen los siguientes requisitos generales para obtener la condición de beneficiario:
a) Desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios,
excluidas las de intermediación.