Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Cooperativas. Subvenciones. (2024050012)
Orden de 1 de febrero de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
38 páginas totales
Página
NÚMERO 29
Viernes 9 de febrero de 2024



8167

En el caso de reconocimiento de una entidad como entidad agroalimentaria prioritaria de
Extremadura: certificado de su inscripción en el registro.

 AUTORIZO la consulta por el órgano instructor de los datos obrantes en el registro, cuando
se trate de un dato inscribible, acreditativos de la ejecución de la actuación subvencionada,
en los términos del artículo 17.3.e).

DOCUMENTACIÓN QUE YA OBRE EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN
DOCUMENTO

FECHA Y ÓRGANO O DEPENDIENCIA EN QUE FUERON PRESENTADOS O EMITIDOS

CLÁUSULAS DE PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en concordancia con la Actividad de Tratamiento
correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de
conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de
abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de
los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
- Responsable Junta de Extremadura: Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
- Dirección: Av./ Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).
-Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es - Teléfono: 924002131.
- Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades:
Gestionar las solicitudes de ayudas y/o subvenciones.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
La base legal para los tratamientos indicados es:
RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del
tratamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de
25 de marzo).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para
determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los
datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Los datos económicos de
esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
general tributaria.